LA ÉTICA PROFESIONAL (III)
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Inquietudes, 4 de julio de 2008 |
La ética profesional (III)
Por JUAN FRANCISCO PEREZ MERCADO
Habiendo
explicado en artículos anteriores que la ética profesional es una de las
éticas aplicadas, y conociendo ya en qué consiste esta, vamos ahora a
tratar de definir el concepto de ética profesional.
Ética es
una palabra que designa una rama de la filosofía denominada
filosofía moral, cuyo objeto de estudio es la moral. La ética, pues, es la
ciencia, la disciplina intelectual que reflexione sobre la moral, y la
moral es el hecho estudiado. Ética y moral son saberes, pero el saber
de la ética es un saber sobre los actos humanos, los hábitos, el carácter
y la vida humana, saber de carácter filosófico y por lo tanto teórico,
profundo, radical y fundado en los primeros principios; mientras que el
saber de la moral es un saber práctico, popular y ordinario, y por lo tanto
superficial, sobre la vida cotidiana.
La ética
profesional es la ética aplicada a las profesiones, luego su objeto de estudio
es la moral profesional. Precisamente, un aspecto o vertiente de la ética
es la deontología, "disciplina que se ocupa de formular, determinar
y regular el conjunto de responsabilidades morales o reglas de acción
necesarias para el ejercicio de una profesión". Su objeto de estudio
son los deberes de las personas que ejercen una determinada profesión. La
deontología no es, sin embargo, una disciplina estrictamente normativa-como lo
es la ética- sino descriptiva y empírica que se contrae a las normas que
imponen deberes, necesitando por ello de la ética como horizonte de referencia
para comprender el sentido y el porqué de dichas normas.
Para
definir Ia palabra profesión, acogemos la caracterización que hace el joven
autor monteriano Eugenio Arrieta Peña sobre su correlato objetivo, que es
la actividad como profesión, en su
obra El deber moral en la ética profesional; en
esta obra nos hemos basado fundamentalmente
para elaborar esta parte del presente trabajo. Dice así el doctor
Arrieta: "De manera general, podemos caracterizar las profesiones como
actividades ocupacionales en las que de forma institucionalizada se presta un
servicio específico a la sociedad, por parte de un conjunto de personas
(los profesionales) que se dedican a ellas de forma estable, alcanzando de las
mismas su medio de vida y formando con los otros
profesionales (colegas) un colectivo que obtiene o trata de obtener
el control monopolístico sobre el ejercicio de la profesión".
Como por
definición toda profesión implica una actividad de servicio específico a la
sociedad, de este fin que le es inherente a toda profesión surgen unos
deberes para los profesionales respectivos, deberes que generan
responsabilidades. Estos deberes generalmente son concretados en códigos
escritos que han sido aprobados por un grupo de dichos profesionales y a los
cuales los demás adhieren.
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