LA ÉTICA PROFESIONAL (IV)
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Inquietudes, 11 de julio de 2008 |
La ética profesional (IV)
Por JUAN FRANCISCO PEREZ MERCADO
Un código ético de una profesión contiene los deberes que han de
cumplir los profesionales respectivos. Un deber es, según la definición de
Kant, la necesidad de una accion por respeto a una norma. Una norma es un
juicio que persigue la realización de un valor, es decir, de una
cualidad moral de un acto humano. Esta cualidad orienta el acto hacia el
bien haciendo del acto un acto bueno, o sea, como dicen los estoicos, un
acto adecuado, conveniente, exigible, porque fomenta la sustantividad humana.
Entonces, un deber profesional implica la necesidad de una acción
adecuada, conveniente y exigible que conduzca al logro del bien o los bienes
que la profesión persiga can la prestación de los servicios a la sociedad.
Pero los deberes están contenidos en las normas que integran el
código de ética profesional, y tales normas son heterónomas, esto es, son dictadas por personas que
aunque pertenecen al gremio son distintas a la mayoría de los profesionales
obligados. De este modo, todos estos deben obedecerlas, no obstante que no
provienen de su propia voluntad racional, es decir, a pesar de que no son
normas autónomas, que es el carácter de las normas morales, en contraste
con las normas jurídicas, que son heterónomas.
Estos dos aspectos de las normas que integran
un código ético profesional, a saber: su heteronomía y su condición de
escritas, son la causa de las críticas que se hacen a los códigos éticos,
puesto que las normas morales son por naturaleza autónomas y por lo general
no son escritas. Por supuesto, las críticas surgen porque los códigos
éticos no solucionan todos los problemas morales que se presentan a los
profesionales en el ejercicio de la profesión.
Una de las críticas consiste en afirmar que los códigos deontológicos
restringen la libertad de accion, imponiendo en su literalidad un modelo de
ejercicio profesional al que todos deben ajustarse. Otra crítica se
basa en el argumento de que por contener normas generales y
abstractas, en razón de Ia naturaleza de las normas escritas, la función
directiva de estas es poco efectiva y poco útil en la práctica real debido
a las interpretaciones contrapuestas que suscitan sus textos, permitiendo
que a la hora de la verdad toda conducta pueda ser justificable.
Como hemos dicho, estas debilidades de los códigos éticos profesionales
se originan en la heteronomía y en el carácter de escritas que tienen las
normas que los integran, ya que en rigor la moral es autónoma y, por lo
tanto, no escrita. Sin embargo, tales debilidades son el precio
que ha de pagarse por obtener seguridad en la aplicación de las
normas morales relativas al ejercicio de las profesiones.
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