LA DIGNIDAD HUMANA I

Inquietudes

 

La dignidad humana (I)

 Por JUAN FRANCISCO PEREZ MERCADO

 

 

Nos proponemos hablar de la dignidad humana. Este concepto se ha difundido tanto en las últimas décadas, como pocos en los campos antropológico y filosófico. El concepto es complejo, pero ha sido, en general, bien asimilado. La gente entiende que se trata de un atributo de todas las personas humanas que les proporciona privilegios en el trato, en comparación a los demás seres vivos. Además, parece que todos comprenden que tener dignidad humana implica ser sujeto de derechos naturales en condiciones de igualdad.

 

Sin embargo, no son muchos los que comprenden la razón de los privilegios y de los derechos que se fundan en la dignidad humana, y son menos los que captan que la noción de dignidad humana no solo implica derechos sino tambien deberes, cuyo cumplimiento es el fundamento de la efectividad de aquellos y la base de la organización social que hace posible el desarrollo del hombre y su perfeccionamiento.

 

 

Quizás a causa de esta incomprensión, el consenso y el acuerdo que existe entorno de la dignidad humana configura una paradoja con los frecuentes atentados contra ella que cometemos todos y que, incluso, se realizan a veces desde el mismo poder que legitima moral y jurídicamente el respeto a la noción.

 

 

Por las anteriores razones analizaremos el concepto de dignidad humana y vamos a comenzar por el sustantivo "dignidad", para buscar después el significado del adjetivo "humana" que lo califica y, finalmente, desentrañar el sentido del término "dignidad humana".

 

Etimológicamente, el término dignidad se origina en el vocablo latino "dignitates", con el cual se tradujo la palabra griega "axioma" que designa los puntos de partida absolutos e innegables, es decir, aquello que no requiere fundamentación externa porque tiene su fundamento en sí mismo. Por eso los axiomas griegos pasaron a llamarse en el latín medieval "dignitates".

 

 

Dignidad "es la bondad correspondiente a lo absoluto", una "sublime modalidad de lo bueno", excelencia de aquello que está dotado de una categoría superior" y  no puede, por lo tanto, explicarse o fundarse en otra cosa, porque, como el axioma, tiene su fundamento en sí mismo. Por ello, la dignidad confiere excelencia, eminencia y superioridad al ser que la ostenta, el cual no puede ser distinto a la persona humana que es un bien en sí y por sí.

 

Pero el término dignidad tiene dos acepciones: una funcional y otra absoluta. La funcional se refiere a la dignidad que poseen ciertas personas por causa de la función que desempeñan o por los fines de sus acciones. En el sentido funcional la dignidad es relativa y está condicionada a la importancia de la función que desempeña la persona o a sus intenciones. La dignidad absoluta es aquella que tienen todas la personas -toda persona humana- por razones intrínsecas e inherentes a su propia naturaleza humana. Las razones intrínsecas e inherentes están fundadas en la naturaleza corpórea-espiritual del hombre, que es en lo que consiste, básicamente, lo humano.

 

 

 

 


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