ÉTICA Y ESTADO (VI)
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Ética y Estado (VI)
Por JUAN FRANCISCO PEREZ MERCADO
Para cerrar el tema de Etica y Estado, hacemos los siguientes
comentarios conclusivos: El derecho, solitariamente, come sistema
normativo, es insuficiente para lograr el orden social. El
hombre es demasiado complejo para que su felicidad, el progreso, la
justicia y la paz social puedan alcanzarse tan solo bajo un régimen que
regula la conducta humane únicamente en su dimensión externa y de
manera bilateral y coactiva. El hombre tiene tambien una dimension
interna, donde operan sus necesidades, sus tendencias instintivas, sus
inclinaciones, sus impulsos, sus deseos, sus voliciones, sus sentimientos,
emociones y pasiones, sus pensamientos y su libertad. Esta
dimensión interior no es de interés para el derecho, salvo cuando se trata
de imponer castigos por acciones externas que violan algunas normas
jurídicas. Sin embargo, es en este ámbito interior de la vida humana donde se
genera, se gesta y se decide el acto humano, que se produce siempre con el
fin de satisfacer necesidades del sujeto actor.
El proceso del acto humano se desarrolla asi: activadas por los
estímulos y excitaciones de la realidad, operan las tendencias instintivas y
las inclinaciones, que son virtuales y se manifiestan en impulsos y por
medio de los sentimientos, emociones, pasiones y deseos. Por sus pensamientos
como fruto de su inteligencia, el hombre concibe fines y medios y selecciona de
entre estos últimos los que juzga más adecuados para alcanzar el fin que
satisface sus necesidades. Seguidamente el hombre, con su capacidad estimativa,
hace valoraciones morales de los fines y medios proyectados, elige los que le
parecen mejor y, con su voluntad, decide libremente realizar el acto.
Todo el proceso descrito se cumple en la dimension interna del
hombre, y solo la realización del acto pertenece a su dimensión externa. Por
esto hemos dicho que todo acto humano se genera, se gesta y se decide en
el interior del sujeto actor.
El derecho, como hemos dicho, y por tanto el Estado, que es su gestor y garante, se ocupan de los
actos jurídicos, y los actos ilícitos, que son jurídicos y son
ilícitos por su aspecto exterior, pero estos últimos por lo general son
actos inmorales en su aspecto interior, puesto
que es allí donde se engendran y se deciden. Cuando estos últimos actos son
numerosos y graves se configuran las crisis políticas, económicas,
jurídicas o sociales, las cuales son enfrentadas por el Estado con medidas
apropiadas a la naturaleza fenoménica de la crisis. Pero, a las primeras de
cambio, reaparece la crisis, vuelve a ser superada y resurge otra vez,
volviéndose una crisis recurrente, porque, como también lo hemos
expresado, en tales crisis subyace, casi siempre, una crisis moral a la que no
se da ningún tratamiento.
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